RED DE VOLUNTARIADO DE APOYO SOCIAL A LAS FAMILIAS DE NUEVOS VECINOS Y MUSULMANAS EN VALENCIA.


Dijo el Profeta Muhammad, la paz y las bendiciones sean con él:

“Quien quita el sufrimiento de esta vida a un hermano,
Dios le quitará a él un sufrimiento del Día Final.
Quien le facilita a un necesitado,
Dios le facilitará a él en esta vida y en la otra.
Quien resguarda un hermano,
Dios le resguardará en esta vida y en la otra.
Dios siempre está en ayuda del siervo,mientras este siervo este ayudando a su hermano.”




martes, 29 de junio de 2010

oferta pública para la selección de un mediador/a interlingüístico e intercultural sanitario

Universitat Jaume I

RESOLUCIÓN de 11 de junio de 2010, del Rectorado de la Universitat Jaume I, por la que se convoca una oferta pública para la selección de un mediador/a interlingüístico e intercultural sanitario de de este organismo, con contrato laboral temporal por obra o servicio a tiempo parcial (proyecto «Investigación-acción en mediación interlingüística e intercultural: diseño, coordinación y seguimiento de un equipo de mediadores/as en el ámbito sanitario». Código: 09I397). [2010/6872]
De acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Ley de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, este Rectorado, en uso de las competencias que le confiere la legislación vigente, convoca una oferta pública de personal técnico de apoyo de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Denominación del puesto de trabajo

Mediador/a interlingüístico e intercultural sanitario, adscrito al Departament de Traducció i Comunicació de la Universitat Jaume I.

Segunda. Retribución íntegra mensual
Las retribuciones serán las correspondientes a la clasificación C1 18E017 reducidas a tiempo parcial de 27 horas a la semana.

Tercera. Objeto y período
Colaborar en la realización del proyecto de investigación: «Investigación- acción en mediación interlingüística e intercultural: diseño, coordinación y seguimiento de un equipo de mediadores/as en el ámbito sanitario». Código 09I397.
Las funciones específicas consistirán en:
– Actuar como mediador/a interlingüístico e intercultural en el Hospital General de Castelló, preferentemente, pero no exclusivamente, con personas de origen magrebí.
– Elaborar informes detallados de todas las actuaciones.
– Coordinarse periódicamente con los miembros del proyecto de investigación.
La duración prevista de este contrato será de tres meses. En todo caso la duración del contrato está vinculada a la duración del proyecto y la disponibilidad presupuestaria de éste. El período de prueba establecido será el que se indique en la legislación laboral en vigor.

Cuarta. Jornada de trabajo
A tiempo parcial (27 horas semanales).

Quinta. Requisitos de los aspirantes
· Ser español/a o nacional de un estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos estados a que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, se aplique la libre circulación de trabajadores, en los términos en que esta se encuentro definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.
· Tener cumplidos 16 años.
· Estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas al extranjero hay que estar en posesión de la credencial que acredite la homologación de estas o la credencial de reconocimiento para el ejercicio profesional regulado en virtud del Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre.
· No sufrir enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las correspondientes funciones.
· No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de sus funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar incursos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
Estos requisitos deben poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la signatura del contrato de trabajo. Si en cualquier momento posterior a la aprobación de la lista de admitidos/excluidos, incluso una vez finalizado el proceso selectivo, se advierte inexactitud o falsedad en las solicitudes o en la documentación aportada por el personal aspirante, ésta se considerará defecto insubsanable y se resolverá con su exclusión en el procedimiento.

Sexta. Méritos preferentes
Los méritos fundamentales son:
– Dominio del árabe oral marroquí y del castellano.
– Formación teórica y práctica en mediación intercultural e interlingüística en el ámbito sanitario.
Los méritos complementarios son:
– Conocimientos de otras lenguas (incluidas otras variedades del árabe).
– Otras formaciones relacionadas con la mediación interlingüística e intercultural.
– Otras formaciones relacionadas con el ámbito de las ciencias humanas y sociales y de las ciencias de la salud.
– Experiencia laboral en el ámbito de la mediación interlingüística e intercultural.
– Experiencia laboral en el ámbito de los servicios sociales.
– Conocimientos de valenciano.

Séptima. Sistema selectivo de la plaza
Por parte de la comisión encargada de resolver esta selección, se valorará los currícula de los aspirantes de acuerdo con el baremo que figura en el anexo II. La comisión puede, de considerarlo oportuno, realizar una prueba y entrevistar a los aspirantes. En el supuesto de realizar la prueba esta será eliminatoria y podrá ser teórica y/o práctica; se puntuará de 0 a 2 puntos, y será necesario obtener un mínimo de 1 punto para superarla. La comisión evaluadora puede declarar desierto el procedimiento de selección en que caso de que valorados los méritos y, en su caso, realizada la prueba y la entrevista, el perfil de los candidatos no se ajuste, en su totalidad, a las necesidades del proyecto.

Octava. Comisión evaluadora
La comisión evaluadora tiene la estructura que figura en el anexo III de esta convocatoria. Los miembros de la comisión deben abstenerse de intervenir cuando coincida en ellos alguna circunstancia de las previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El presidente puede solicitar a los miembros de la comisión una declaración expresa de no encontrarse en ningún de las circunstancias previstas en los artículos mencionados. La comisión resolverá todas las dudas que puedan surgir de la aplicación de estas normas, así como en lo que pueda producirse de los casos no previstos.
El procedimiento de actuación de la comisión se debe ajustar en todo momento al que dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Para quienquiera aclaración sobre la convocatoria, las personas interesadas pueden dirigirse al profesor Francisco Raga, dirección electrónica y a la profesora Adoración Sales: .

Novena. Presentación de instancias
Las solicitudes, formalizadas de acuerdo con el modelo que se adjunta en el anexo I, junto al currículo y los documentos que acreditan los méritos alegados, se deben presentar en el Registro General de la Universitat Jaume I o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el plazo de 10 días naturales a partir de el día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

A la solicitud se unirá la siguiente documentación:
a) Una fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Currículo, con los méritos justificados documentalmente.
n el apartado «Código» de la solicitud debe figurar el número 12926.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos deben cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 205.3 del Reglamento de los Servicios de Correos: las instancias se deben presentar en sobre abierto para que el empleado estampe el sello de fechas en la parte superior izquierda de las solicitudes, debe figurar con claridad el nombre de la oficina y la fecha.
Es necesario presentar una fotocopia del documento nacional de identidad.
No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, hay suficiente con la declaración jurada de la persona interesada sobre la autenticidad de aquellos, así como sus datos que figuran en la instancia, sin perjuicio que en cualquier momento la comisión o la Universitat pueda requerir a los aspirantes para que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados, que hayan sido objeto de valoración.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deben presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos que acreditan el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional otro estado con que tengan dicho vínculo. Asimismo, deben presentar declaración jurada o promesa de éste que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho que el aspirante vive a su costa o está a su cargo.

Diez. Lista de admitidos y resultado de la selección
Finalizado el plazo para presentar instancias, el rector dictará una resolución por la que se aprobará la lista de admitidos y excluidos en este proceso selectivo, así como la composición del comisión evaluadora encargado de juzgarlo.
Los sucesivos anuncios relacionados con esta convocatoria, los acuerdos de la comisión evaluadora y el resultado de este proceso de selección se publicarán en el tablero de anuncios del Servicio de Recursos Humanos, sito en la segunda planta del edificio Rectorado y Servicios Centrales, campus del Riu Sec de la Universitat Jaume I, y en la siguiente dirección de Internet: .

Once. Norma final
Esta convocatoria, sus bases y todos los actos administrativos que se puedan derivar de ésta y de las actuaciones de la comisión evaluadora, pueden ser impugnados por parte de las personas interesadas en los casos y forma que establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, la administración, en su caso, puede revisar las resoluciones de la comisión evaluadora, de acuerdo con la mencionada norma.

Castellón de la Plana, 11 de junio de 2010
.– El rector en funciones:
Francisco Toledo Lobo.

ANEXO I
Solicitud
Datos personales
Primer apellido:
Segundo apellido:
Nombre:
Fecha de nacimiento:
DNI:
Teléfono:
Dirección y código postal:
Localidad/comarca y provincia:
Código:

SOLICITO la admisión en el proceso selectivo para cubrir una plaza temporal de …, convocado por Resolución de fecha …, publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número …

DECLARO que son ciertos los datos que se consignan y que reúno las condiciones exigidas para el ingreso en la función pública y las especialmente señaladas en esta convocatoria.


(Firma)


Castellón de la Plana, … de … de 201 …

RECTORADO DE LA UNIVERSITAT JAUME I

Vuestros datos personales quedarán incluidos en el fichero automatizado de la Universitat Jaume I, que se compromete a no hacer un uso diferente de aquel para el cual fueron solicitadas, de acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de los Datos. Podéis ejercer, por escrito, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso, de oposición, ante el Servicio de Recursos Humanos de esta Universitat.

ANEXO II
Baremo
– Dominio del árabe marroquí oral y del castellano (hasta 3 puntos).
– Formación en mediación interligüística e intercultural en el ámbito sanitario (hasta 3 puntos).
– Experiencia laboral en el ámbito de la mediación interlingüística e intercultural (hasta 1 punto).
– Conocimientos de otras lenguas (incluidas otras variedades del árabe), otras formaciones relacionadas con la mediación interlingüística e intercultural, otras formaciones relacionadas con el ámbito de las ciencias humanas y sociales y de las ciencias de la salud, experiencia laboral en el ámbito de los servicios sociales (hasta 1 punto).
– Entrevista (hasta 2 puntos). Será posible aplicar coeficientes correctores que midan la adecuación de los méritos alegados al perfil de la plaza.

ANEXO III
Comisión evaluadora
Comisión evaluadora titular:
Presidente: un vicerrector o vicerrectora de la Universitat Jaume I.
Vocales: tres en representación de la Universitat Jaume I.
Secretario: un funcionario o funcionaria de carrera del Servicio de
Recursos Humanos, que actuará como secretario o secretaria con voz pero sin voto

Comisión evaluadora suplente:
La misma estructura.

sábado, 19 de junio de 2010

El voto internacional que podría legalizar la caza comercial de las ballenas tendrá lugar la próxima semana.



Queridos amigos y amigas,

La próxima semana, los miembros de la Comisión Ballenera Internacional se reúnen en Marruecos para votar sobre una propuesta que legalizaría la caza comercial de las ballenas por primera vez en el curso de una generación.

El resultado de la votación dependerá de las voces que se escuchen más claramente en la recta final de las negociaciones. La pregunta es si serán las del "lobby" comercial ballenero, ¿o la voz de los ciudadanos del mundo?

Más de 650,000 de nosotros ya hemos firmado la petición para proteger las ballenas -- ¡es hora de llegar a 1 millón! En la cumbre en Marruecos, un equipo de Avaaz está colocando grandes carteleras, publicando anuncios en los diarios, y armando un enorme contador que se actualizará constantemente con el numero de firmas en la petición -- todo para asegurarnos de que, desde el momento en que se bajen del avión, los delegados nacionales reciben un mensaje atronador: que el mundo no aceptará la matanza legal de las ballenas. Haz clic para firmar, y reenvía este mensaje a todos tus conocidos:

https://secure.avaaz.org/es/whales_last_push/?vl

Gracias al clamor público internacional, muchos gobiernos han expresado su rechazo a esta propuesta. Cada vez que nuestra petición alcanzó 100,000 firmas, fue entregada a la Comisión y a gobiernos clave -- y algunos, como el de Nueva Zelanda, nos lo ha agradecido directamente a todos los que hemos firmamos.

Sin embargo, la presión a favor de la caza comercial de ballenas continúa siendo muy fuerte -- y ahora parece que otros gobiernos, especialmente en Europa y en America Latina, podrían abstenerse. La votación aún puede inclinarse hacia un lado o el otro.

La presión ciudadana es nuestra mejor esperanza. Al fin y al cabo fue un explosivo movimiento social en los años ochenta el que hizo posible el acuerdo que estableció la prohibición de la caza comercial que hoy estamos tratando de proteger. Los miembros de la Comisión Ballenera Internacional se reúnen durante los próximos días. Hagamos todo lo posible para que los delegados sean recibidos con el clamor de nuestras voces en todo el mundo.

https://secure.avaaz.org/es/whales_last_push/?vl